| Son deberes y atribuciones del Presidente:
1°) Presidir el Consejo Ejecutivo, la Asamblea de Delegados y las Asambleas Generales, Ordinarias y Extraordinarias;
2°) Firmar con el Secretario General y Secretario de Actas, las actas del Consejo Ejecutivo, de las Asambleas de Delegados y Asambleas Generales, debiendo hacerla también en los dos últimos casos dos asambleístas por la Asamblea;
3°) Actuar en los debates, debiendo en tal caso, ceder la presidencia al Vice, o a un Presidente ad-hoc, en su defecto;
4°) Dirigir o firmar con el respectivo Secretario, la correspondencia de la Asociación;
5°) Podrá votar en todos los casos sin dejar la presidencia
6°) Integrar como miembro nato todas las sub- comisiones. |